Directorio

Directorio

Está Integrado por la Junta Ejecutiva y los Presidentes de las Juntas Regionales.

Texto extraído de la Ley LEY N° 8317

Del Directorio

Artículo 35º – El Directorio del Colegio de Arquitectos de Entre Ríos, estará integrado por la Junta Ejecutiva y por los presidentes de las juntas regionales.

Artículo 36º – El Directorio sesionará, por lo menos, una vez cada mes, con excepción del mes de receso del Colegio, que deberá determinar en su primer reunión. El quórum para sesionar válidamente será de la mitad más uno de los presidentes de las juntas regionales y el presidente más un miembro de la Junta Ejecutiva. Sus resoluciones se adoptarán por simple mayoría de los miembros presentes. Salvo lo establecido en el artículo 44º.

En todos los casos, existiendo empate, el presidente del Colegio tendrá doble voto. El Directorio sesionará regularmente en la sede del Colegio pero podrá hacerlo también en otro lugar de la provincia con citación especial.

Artículo 37º – Son deberes y atribuciones del Directorio:

1) Resolver a solicitud la inscripción de la matrícula.

2) Atender la vigencia y registro de la matrícula.

3) Ejercer las funciones, atribuciones y deberes, referidos en el artículo 26º de esta ley, sin perjuicio de las facultades de la Asamblea y de otras que fijen los reglamentos y normas complementarias.

4) Cumplir y hacer cumplir esta Ley y toda norma reglamentaria o complementaria que en su consecuencia se dicte.

5) Convocar las asambleas y fijar el orden del día, cumplir y hacer cumplir las decisiones de aquéllas.

6) Designar la junta electoral.

7) Habilitar las regionales y delegar funciones y atribuciones a las mismas.

8) Proponer a la asamblea los reglamentos  y el Código de Ética.

9) Proyectar el Presupuesto Anual del Colegio Provincial.

10) Establecer el monto y la forma de hacer efectivas las cuotas de matriculación y de

ejercicio profesional, ad-referéndum de la asamblea.

11) Proponer el régimen de aranceles y honorarios mínimos de todo trabajo derivado del ejercicio profesional de arquitecto/a y gestionar su aprobación por los poderes públicos.

12) Proponer a la asamblea las compensaciones honorarias que pueden corresponder por el desempeño de las funciones de las autoridades del Colegio Provincial y de las regionales. 

13) Propiciar las medidas y las normas pendientes a obtener los beneficios de la seguridad social para los colegiados, así como gestionar créditos, para el mejor desenvolvimiento de la profesión. 

14) Otorgar subsidios.

15) Cada presidente de mesa regional debe llevar a este cuerpo todos los problemas e inquietudes de su regional que sean de tratamiento provincial, e informar a sus colegiados todo lo actuado. Asimismo debe participar de la asamblea anual.

16) Intervenir las regionales.

17) Elevar al Tribunal de Ética los antecedentes de las transgresiones de la presente Ley, sus reglamentaciones o normas complementarias dictadas en su consecuencia, así como solicitar la aplicación de la sanciones a que hubiera lugar y ejecutar las mismas formulando las comunicaciones que correspondan.

18) Establecer el plantel básico de personal del Colegio de la Provincia así como, nombrar, suspender y remover a sus empleados.

19) Otorgar poderes, designar comisiones internas y representantes del Colegio.

20) Sancionar las normas de funcionamiento.

21) Contratar los servicios de profesionales que resulten necesarios para el mejor cumplimiento de los fines de la institución, como así convenir sus retribuciones.

22) Intervenir a solicitud de parte, en todo diferendo que surja entre colegiados o entre éstos y sus clientes, sin perjuicio de la intervención que corresponda a la justicia.

23) Celebrar convenios con las autoridades administrativas o con instituciones similares, en el cumplimiento de los objetivos del Colegio. 

24) Realizar todo acto o gestión que no esté enumerado en el presente, y que sirva para la mejor consecución del objeto de esta Ley.

 

JUNTA EJECUTIVA

Presidente:
Arq. PALACIOS, Maria Silvina (Colon) – Matr. Nº 10927

Vicepresidente:
Arq. TAIBI, Francisco Eduardo (Paraná) – Matr. Nº 10363

Secretaria:
Arq. RAMÍREZ, Liliana (C. Del Uruguay) – Matr. Nº 11140

Tesorero:
Arq. CORRAL, Martin (Gualeguay) – Matr. Nº 12259

Prosecretario:
Arq. FERNÁNDEZ, Carlos (Concordia) – Matr. Nº 11746

Protesorero:
Arq. SOROKIN, Eleonora (Concordia) – Matr. Nº 11746

Presidentes de Juntas Regionales

ONO: Arq. Bonino, Cecilia Beatriz (Paraná) –Matr. Nº 11788
NORESTE: Arq. Popelka, Soledad (Concordia) –Matr. Nº 12549
ESTE: Arq. Carrozzo, Juan Manuel (Concepción del Uruguay) –Matr. Nº 11886
SURESTE: Arq. Maziad, Mónica Elizabeth (Gualeguaychú) –Matr. Nº 12349
SUROESTE: Arq. Gabriela Lanza (Nogoyá) Matr. Nº 12159

Comisión Revisora de Cuentas

Titulares:
Arq. SCHROEDER, Maria Soledad (Concordia) – Matr. 11415
Arq. KOHMANN, Luis Alberto (Chajarí) – Matr. 11735
Arq. SOLARI, Emiliano (Paraná) – Matr. Nº 11652

 

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