viernes, 10 de septiembre de 2010 
 
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Incumbencias RES Nº 133/ 87


RESOLUCIÓN Nº133 del Ministerio de Educación de la Nación
BUENOS AIRES, 14 de octubre de 1987
VISTO el expediente nº 23745 del registro del Ministerio de Educación y Justicia por el cual se eleva una propuesta de incumbencias profesionales generales para el título de Arquitecto y
CONSIDERANDO
Que las incumbencias generales para dicho título establecidas en la Resolución ministerial nº 1560/80, no indican con la claridad y precisión necesarias, las actividades que son de competencia de estos graduados
Que es preciso contribuir al ordenamiento de la actividad profesional a fin de evitar confusiones que resulten perjudiciales tanto para la sociedad en general como para los graduados universitarios en particular
Que a tal fin, es necesario especificar las actividades para las que habilitan los títulos que corresponden a cada profesión
Que la citada propuesta ha sido elaborada con el asesoramiento de especialistas designados por las Universidades, los Consejos y/o Colegios profesionales del área y la Federación Argentina de Sociedades de Arquitectos
Que los organismos técnicos del Ministerio de Educación y Justicia han dictaminado favorablemente
Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 22 inc 11 de la Ley de Ministerios -to 1983- corresponde a este Ministerio entender en las habilitaciones e incumbencias de los títulos profesionales con validez nacional

Por ello
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y JUSTICIA
RESUELVE
ARTICULO 1º- Establecer para el título de Arquitecto, otorgado por las Universidades Nacionales, Provinciales y Privadas reconocidas, las incumbencias profesionales generales que se agregan como Anexo a la presente resolución
ARTICULO 2º- Derogar, en la parte concerniente a lo aquí normativizado, toda norma de similar o inferior jerarquía que determine incumbencias profesionales para el título al que se refiere el título 1º
ARTICULO 3º - Regístrese, comuníquese y archívese
Firmado: Jorge Sábato
Ministro de Educación y Justicia

ANEXO
INCUMBENCIAS PROFESIONALES DEL TITULO DE ARQUITECTO
• Diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la concreción de los espacios destinados al hábitat humano
• Proyectar, dirigir y ejecutar la construcción de edificios, conjuntos de edificios y los espacios que ellosconforman, con su equipamiento e infraestructura y de otras obras destinadas al hábitat humano
• Proyectar, calcular y dirigir y ejecutar la construcción de estructuras resistentes correspondientes a obrasde arquitectura
• Proyectar, calcular y dirigir y ejecutar la construcción de instalaciones complementarias correspondientes aobras de arquitectura, excepto cuando la especificidad de las mismas implique la intervención de lasingenierías
• Proyectar, dirigir y ejecutar obras de recuperación, renovación, rehabilitación y refuncionalización deedificios, conjuntos de edificios y de otros espacios, destinados al hábitat humano
• Diseñar, proyectar y dirigir y ejecutar la construcción del equipamiento interior y exterior, fijo y móvil,destinado al hábitat del hombre, incluyendo los habitáculos para el transporte de personas
• Diseñar, proyectar y efectuar el control técnico de componentes y materiales destinados a la construcciónde obras de arquitectura
• Programar, dirigir y ejecutar la demolición de obras de arquitectura
• Realizar estudios, proyectar y dirigir la ejecución de obras destinadas a la concreción del paisaje
• Efectuar la planificación arquitectónica y urbanística de los espacios destinados a asentamientoshumanos
• Proyectar parcelamientos destinados al hábitat humano
• Realizar medición y nivelación de parcelas con el objeto de concretar la ejecución de obras dearquitectura
• Realizar estudios e investigaciones referidos al ordenamiento y planificación de los espacios queconforman el hábitat y a los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura
• Asesorar en lo concerniente al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat y alos problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura
• Participar en planes, programas y proyectos de ordenamiento físico-ambiental del territorio y de ocupacióndel espacio urbano y rural
• Participar en la elaboración de normas legales relativas al ordenamiento y planificación de los espaciosque conforman el hábitat humano
• Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos que no siendo de su especialidad afecten elhábitat humano
• Realizar relevamientos, tasaciones y valuaciones de bienes inmuebles
• Realizar arbitrajes, peritajes, tasaciones y valuaciones relacionadas con el ordenamiento y planificación delos espacios que conforman el hábitat y con los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obrasde arquitectura
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